Colegio de Ingenieros Agrónomos de Santa Fe 4ta Circunscripción

Resolución nº 008/93 ::Sobre honorarios profesionales.

Texto ordenado Resolución 008 sobre honorarios profesionales

ROSARIO, 14 DE OCTUBRE DE 1993. Modificado 2009

RESOLUCION Nº: 008

VISTO: la necesidad permanentemente manifestada por los Ingenieros Agrónomos de actualizar y ampliar los honorarios profesionales orientativos y provisorios, que fueran establecidos por la RESOLUCION Nº 002 del 28 de Agosto de 1992, y:

CONSIDERANDO: que se han cumplido los recaudos necesarios para recabar la opinión de la mayoría de los colegas, por intermedio de las cuatro Circunscripciones del Colegio de Ingenieros Agrónomos y las Asociaciones profesionales que los nuclean; y además se consideró oportuno establecer una Unidad de Valuación que permita prescindir del valor de la moneda.

POR ELLO: EL DIRECTORIO DEL COLEGIO DE INGENIEROS AGRONOMOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, RESUELVE:

ART. 1: Establecer la siguiente escala orientativa y provisoria, como la retribución justa por las distintas tareas profesionales que allí se enumeran, y que se anexan a la presente.

ART. 2: Establecer que la Unidad de Valuación aplicable a las tareas agronómicas, es el AGRO. Cuya Unidad es equivalente a Un Peso convertible a la fecha de hoy.

ART. 3: Regístrese, comuníquese y archívese.

SE ANEXA LISTADO DE HONORARIOS PROFESIONALES

 

I.- HONORARIOS POR FUNCIONES PROFESIONALES PERMANENTES

 

1.- ASESORAMIENTO INTEGRAL DEL ESTABLECIMIENTO: 

Agro-económico- financiero. Sin responsabilidad en las tareas de Dirección y Ejecución: 1 Agros/Ha/Mes + 1% del Valor Bruto de la producción.

2.- DIRECCION TECNICA DEL ESTABLECIMIENTO:

Sin responsabilidad en las tareas de Administración: 2 Agros/Ha/Mes + 3% del Valor Bruto de la producción.

3.- ADMINISTRACION Y DIRECCION TECNICA DEL ESTABLECIMIENTO:

3 Agros/Ha/Mes + 6% del Valor Bruto de la producción.

4.- ASESORAMIENTO TECNICO FULL-TIME: 

En Comercios y/o Establecimientos productivos (equivalente a 40 hs semanales): 15 Días de Tareas profesionales a Campo.

5.- ASESORAMIENTO TECNICO PART-TIME: 

En Comercios y/o Establecimientos productivos (equivalente a 20 hs semanales): 7.5 Días de Tareas profesionales a Campo.

6.- ASESORAMIENTO A EMPRESAS EXPENDEDORAS DE AGROQUIMICOS: 

6 hs semanales, no corridas. Por cada boca de Expendio:
4 Días de Tareas profesionales a Campo.

7.- ASESORAMIENTO A EMPRESAS APLICADORAS TERRESTRES:

1 Día de Tareas profesionales a Campo/mes, hasta 5000 Has de aplicación; por las que superen esa cantidad se adicionarán 0.5 Agros por Ha.

8.- ASESORAMIENTO A EMPRESAS APLICADORAS AEREAS:

1.25 Día de Tareas profesionales a Campo/mes, más 0.45 Agros por Ha. Limitándose el área laboral a un radio de 100 Km del Domicilio de la empresa,para distancias mayores deberá pactarse con el profesional Honorarios y Movilidad, la no existencia de constancia escrita del mismo, libera al profesional de su responsabilidad como Asesor del mismo en aquellas aplicaciones fuera del área mencionada.

9.- SEGUIMIENTO FITOSANITARIO: 

 

Verificación del Cultivo, Diagnóstico de Malezas e Insectos, desde emergencia hasta cosecha (ésta última no incluída), (todo el ciclo del cultivo):

 

Hasta 50 Has: 15 Agros/Ha (Mínimo de 350 Agros)
De 51 a 150 Has: 12 Agros/Ha
De 151 a 300 Has: 10 Agros/Ha
Más de 300: 8 Agros/Ha
10.- SEGUIMIENTO DE MALEZAS: 
40% de la escala anterior.
 
11.- SEGUIMIENTO DE PLAGAS: 
Inséctos solamente: el 70% de la escala anterior.
 
12.- ASESORAMIENTO INTEGRAL: 
Del Cultivo (desde Laboreo hasta Cosecha, ésta última no incluída): el 120% de la escala anterior. Este item incluiría el asesoramiento del cultivo por el Sistema de Siembra Directa o Labranza Cero.
 
13.- DIRECCION TECNICA DE SEMILLEROS:
 
PRODUCCIÓN  
Hasta 3000 bolsas: 1 Día de Campo/Mes + 5% VBP
De 3000 a 6000 bolsas: 1,2 Día Campo/Mes + 4,5% VBP
De 6000 a 10000 bolsas: 1,5 Día de Campo/Mes + 4% VBP
De 10000 a 15000 bolsas: 1,7 Día de Campo/Mes + 3,5% VBP
Más de 15000 bolsas: 2 Día de Campo/Mes + 3% VBP
El cálculo del porcentaje debe realizarse sobre un valor mínimo de la bolsa equivalente a 70 kg de grano.
 
14.- DIRECCION TECNICA DE LABORATORIO: 
Análisis de Semillas:
Primera Categoría, 12 horas semanales: 12 Días de Campo.
Segunda Categoría, 12 horas mensuales: 3 Días de Campo.
 
15.- ASESORAMIENTO TECNICO DE ESTABLECIMIENTOS PRODUCTORES DE LECHE:
1 Día de Campo/Mes o el 1.5% de la producción, siempre que supere el importe de 1/2 Día de Campo.
 
16.- ASESORAMIENTO TECNICO DE ESTABLECIMIENTOS PRODUCTORES DE CARNE: 
Se proponen honorarios en función del tiempo insumido.
 
17.- MONITOREO PROFESIONAL DE PRODUCCIONES ORGANICAS: 
Se propone un mínimo de 1 Día de Campo más 1 Día de Gabinete. Decreto Nacional de Junio/92.
 
18.- ASESORAMIENTO EN PRODUCCION DE CAÑA DE AZUCAR: 
Se calculan en función del tiempo insumido.
 
19.- ASESORAMIENTO DE MONTES FRUTALES: 
Se calculan en función del tiempo.
 
20.- ASESORAMIENTO GRUPAL: 
Se establecen Honorarios equivalentes a 8 Días de Campo, correspondientes a una dedicación de 16 horas semanales, incluyendo la elaboración del Plan Técnico Económico.
 
II.- HONORARIOS POR FUNCIONES PROFESIONALES NO PERMANENTES
 
1.- SUBDIVISION DE INMUEBLES RURALES
A: SERVICIO PROFESIONAL 
Retribución mínima correspondiente al trabajo, en función del tiempo requerido y a la magnitud de la superficie del inmueble en cuestión.
Por cada 300 Has y/o fracción:
a) Estudio Sintético: 2 Día de Campo + 2 Día de Gabinete.
b) Estudio Analítico: 4 Día de Campo + 4 Día de Gabinete.
B: RESPONSABILIDAD PROFESIONAL: 
Retribución mínima correspondiente a las responsabilidades jurídicas asumidas por el Ing. Agr. al firmar el Estudio asegurando la viabilidad técnica de la subdivisión. 
Por cada 300 Has y/o fracción:
a) Estudio Sintético: 0,4% del avalúo fiscal.
b) Estudio Analítico: 0,8% del avalúo fiscal.
 
CREDITOS
2.- CREDITOS AGROPECUARIOS: 
1 Día de Campo + 2 Día de Gabinete + 1% del valor total del proyecto de inversión.
 
3.- CREDITOS DE DESMONTE: 
Se establecen honorarios equivalentes al 3% del valor monto del trabajo. 
DE MATERIA FORESTAL
 
4.- PROYECTO, DIRECCION Y ADMINISTRACION DE FORESTACIONES:
Se estima globalmente en un 10% del costo total de la inversión.
 
5.- PLAZO FIJO FORESTAL: 
honorarios 25% del costo global de la inversión.
 
6.- ASESORAMIENTO ARBOLADO PUBLICO: 
En función del tiempo insumido como Días de Campo.
 
7.- PARQUES Y JARDINES: 
Proyecto: 1 Día de Campo + 2 Días de Gabinete. 
Dirección: 20 % del monto global del trabajo.
DE MATERIA SUELOS
 
8.- DESGRAVACION DE TIERRAS ARIDAS O ANEGABLES:
Proyecto: 3%
Proyecto y Dirección: 5%
Certificaciones: 0,5%
 
9.- SISTEMATIZACION DE SUELOS:
Mínimo por cualquier concepto de 800 Agros.
 
PROYECTO PROYECTO Y DIRECCIÓN  
Hasta 50 Has 25 Agros/Ha 40 Agros/Ha
De 50 a 100 Has 22 Agros/Ha 37 Agros/Ha
De 100 a 200 Has 20 Agros/Ha 35 Agros/Ha
De 200 a 400 Has 18 Agros/Ha 30 Agros/Ha
Más de 400 Has 15 Agros/Ha 25 Agros/Ha
10.- MUESTREO DE SUELO PARA ANALISIS: 
25 AGROS (Muestra compuesta)
PLANES Y ASESORAMIENTOS ESPECIFICOS
 
11.- PLANIFICACION TECNICO ECONOMICA DE UNA EMPRESA AGROPECUARIA: 
se establecen Honorarios en función del tiempo insumido en la siguiente proporción (25 % como Día de Campo, y el 75 % como Día de Gabinete.
 
12.- ASESORAMIENTO EN PRODUCCIONES INTENSIVAS:
Honorarios en función del tiempo insumido, calculados en Días de Trabajo de Campo.
PERITAJES Y TASACIONES
 
13.- CERTIFICACIONES: 
de documentación bancaria: 1 % del valor del bien.
 
14.- PERITAJES: 
Se establecen en un 4 % del bien tasado.
 
15.- TASACIONES: 
Se establecen en un 1 % del bien tasado, con un mínimo de 100 Agros. 
 
16.- REVALUOS: 
idem tasaciones.
VARIOS
 
17.- ANALISIS DE SEMILLA: 
Poder Germinativo: 10 AGROS Vigor: 15 AGROS
 
18.- REGULACION DE MAQUINARIA: 
50 AGROS
 
19.- CONTROL DE COSECHADORA: 
90 AGROS
 
20.- EVALUACION DE RENDIMIENTO PRE-COSECHA: 
En función del tiempo insumido.
 
21.- EVALUACION DE PERDIDAS POST-COSECHA: 
En función del tiempo insumido.
 
22.- CONSULTA EN GABINETE: 
15 AGROS
 
23.- CONSULTA A CAMPO: 
mínimo de 30 AGROS máximo en función del tiempo
 
24.- TIEMPO DE TRABAJO: (T.O.):
“Modifíquese el punto II-24 del Anexo de la Resolución 008 el cual quedará redactado de la siguiente forma (Resol 055/09 Art. 1):
 
Día de campo 225 Agros
Día de gabinete 225 Agros
Hora de campo 30 Agros
Hora de gabinete 30 Agros
III.- MOVILIDAD Y VIATICOS: (T.O.):
 
Modifíquese el punto III del Anexo de la Resolución 008 el cual quedará redactado de la siguiente forma:
En todos los casos se adicionarán los gastos de Movilidad y Viáticos (si correspondiere).
Costo de Movilidad estimado: corresponderá a 0,5 litro de Nafta Súper por kilómetro recorrido (ida y vuelta)”. (Resol 055/09 “Art. 2):
 
FIRMAN: CARLOS E. MADERNA, DANIEL R. NINFI. (1993)
FIRMAN: CARLOS A KAÜFFELER ANA CLARA MARTINO
Presidente Secretaria (2009)