Objetivos
- Preservar la producción vegetal
- Promover la utilización racional de métodos de control
- Preservar la salud humana
Quedan sujetos a las dispocisiones de la Ley
- Propietarios
- Arrendatarios
- Usufructurarios
- Ocupantes de Inmuebles Rurales
Estrategias de Intervención
Técnicas:
- Exigir el control de plagas y enfermedades perjudiciales para la agricultura y los agroalimentos
- Promover el control integrado de plagas
- Fiscalización y control. Implica la eventual aplicación de multas
Servicios:
- Capacitación a particulares sobre técnicas de control
- Información a productores y comunas sobre Auxiliares de la Ley
- Apoyo logístico a municipios y comunas sobre control de plagas y campaña de control de aves plaga
Actividades:
- Convenios con municipalidades y comunas sobre la instrumentación de métodos y campañas de control
- Registro y auditorias de auxiliares de la ley (plagueros)
- Provisión a municipalidades y comunas de declaraciones juradas y certificados de control
- Difusión , mediante charlas, jornadas, folletos , comunicados de prensa
- Capacitación y actualización a particulares, sobre métodos de control de plagas y sobre control químico de aves plagas
Decreto 3763
Art. 1: crea el "Certificado Anual de Control de cotorras", para los Departamentos : 9 de julio, Vera, General Obligado, San Cristobal, San Justo, San Javier, Castellanos, Las Colonias, Garay, La Capital, San Gerónimo, San Martín e Iriondo.
Art. 2: durante el transcurso del mes de enero de cada año, los propietarios o poseedores de cualquier título de predios rurales situados en los Departamentos enunciados en el art. anterior, presentarán ante la Comuna o Municipio de la jurisdicción donde se encuentre ubicado el inmueble declaración jurada , manifestando si realizó el control de cotorrras o bien la existencia de tal plaga.